lunes, 12 de mayo de 2008

MANIFIESTO POR LA AUTONOMÍA DEL CUSCO

MANIFIESTO POR LA AUTONOMÍA DEL CUSCO

Cunde un sentimiento en todos los corazones cusqueños incapaz de ser descifrado y menos de ser articulado: la pasión por lo propio, el rechazo a cualquier tipo de intromisión o intervención. Más exactamente, se propaga la disposición del pueblo cusqueño al autogobierno.

En la seguridad de que el pueblo del Cusco está listo para iniciar un nuevo camino de liberación y de futuro, Fuerza Nueva, recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía del Cusco construida a lo largo del tiempo con las aportaciones de energías de muchas generaciones, tradiciones, historia y cultura; defendiendo al Cusco como nación, proclama el presente Manifiesto por la Autonomía del Cusco.

La situación

I

El proceso de descentralización en el Perú avanza a cuenta gotas, languidece en su gradualismo y, la ilusión que en algún momento despertó, se desvanece por la torpe actuación de los gobernantes centralistas que humillan el principio de la autonomía interviniendo donde no deben y avasallando donde no pueden.

El viejo centralismo ha muerto. Sin embargo, el centralismo de nuevo estilo está vivo y muy vivo. Hemos vuelto con este último gobierno nacional al tutelaje y al centralismo de las decisiones. Más todavía, hemos retrocedido a la intromisión y al vasallaje. Leyes contra las movilizaciones y las protestas, normas privatizadoras del patrimonio monumental y cultural, proyectos de intervenciones de las regiones por el Estado Central, confirman el talante autoritario y el tufillo fascista que el APRA siempre ha tenido.

Encima, con autoridades regionales dóciles y sumisas incapaces de entender sus competencias y prerrogativas, el proceso de descentralización se va acomodando para abortar. Tenía que haber sido un proceso histórico, transformador y futurista. El proceso de descentralización fue instaurado como una demanda del pueblo peruano en sustitución del sistema centralista fracasado, para acabar con el monstruoso crecimiento de Lima, para equiparar las desigualdades existentes, para organizar la democracia garantizando la diversidad de grupos nacionales, para promover el desarrollo autónomo de las regiones nacientes con poderes, recursos y competencias absolutas en las materias de su interés. Hoy es un remedo, un engendro, un estropajo que sirve para justificar fracasos y limpiar errores del centralismo.

II

En la historia del Cusco está inmersa la historia del Perú porque el Cusco es anterior al Perú, es el Tawantinsuyo, es el conglomerado de culturas pre inkas, es la raza y cultura milenaria sudamericana, es la nación quechua.

Después de casi 300 años de coloniaje y 187 de vida republicana, es decir, después de casi 500 años de marginación y olvido, no obstante y pese a todo, el Cusco y los cusqueños conservan su cultura (historia, lengua, arquitectura), su identidad (costumbres, valores andinos, folklore, nacionalismo) y su raza (cobriza, india, mestiza). Se trata de un pueblo que es expresión fidedigna y sincrética de la evolución de los últimos mil años. Se trata de una nación, dentro de otra.

Encima, libertarios e independentistas como Túpac Amaru II; literatos universales como Garcilaso de la Vega; mujeres de gran vitalidad como Clorinda Matto de Turner; historiadores como Luis E. Valcárcel; poetas como el “Cholo” nieto, engrandecen el valor y el sentimiento cusqueño. Y por si fuera poco, el mundo nos reconoce como patrimonio universal y los peruanos como su capital histórica.

No es, pues, casualidad el espíritu rebelde y, a veces, intransigente de los cusqueños, su capacidad de indignación, su vocación solidaria, su angustia por definir lo cusqueño, por señalar los males presentes. No es casualidad, porque es el producto de la añoranza del Estado imperial que fue, es el recuerdo del ombligo del mundo como Tawantinsuyo, es el temple de su raza y cultura milenaria y su férrea e inquebrantable decisión por retomar su liderazgo.

La Experiencia

I

España comenzó su proceso de descentralización, vía las regiones, con el reconocimiento de sus Comunidades Autónomas y nacionalidades en la Constitución de 1978. Las primeras regiones en autodeterminarse como comunidades autónomas fueron las regiones históricas, es decir, aquellas que ya pre-existían al proceso de descentralización. Las otras se constituyeron a su iniciativa y se consagraron mediante referéndum, no fueron imposición del Estado central ni del Parlamento.

El primer acto autonómico fue la discusión y aprobación, por cada organización regional, de sus Estatutos Autonómicos; una especie de Constituciones de los Estados regionales donde se define y desarrolla el tema autonómico, se enumeran las competencias y se señalan los bines e ingresos económicos que posibiliten el funcionamiento de estas nuevas demarcaciones territoriales-políticas y de sus gobiernos. El gobierno central jamás intervino, nunca instruyó, menos limitó la autodeterminación a la autonomía de esos pueblos, excepto para ratificar por el Parlamento, la dación de sus Estatutos Autonómicos.

Hoy, 30 años después, el Estado autonómico español constituye una de las estructuras políticas más descentralizadas de Europa, muy parecida a los federalismos europeos, con Comunidades autónomas con Parlamentos propios, competencias claras, financiación, autonomía judicial, etc. El Estado central se ha ido adaptando a la nueva dinámica, no sin resistencias, perdiendo ámbitos importantes de poder y dedicándose, en lo esencial, a las relaciones internacionales, a la política macro-económica y a cuestiones de defensa. Temas como la salud pública, educación, agricultura, producción, comercio, familia, concesiones extractivas son, siempre fueron, competencias absolutas y exclusivas de las Comunidades Autónomas.

II

En Italia, tres reformas constitucionales en el período 1999-2001, le han dado nuevo impulso a la descentralización, reconociéndole a las regiones mayores poderes y autonomía para definir su autogobierno. Hoy, las regiones aprueban su propio Estatuto, sin intervención del Parlamento italiano y sin el límite para su contenido de las leyes italianas. La modificación estatutaria sigue un proceso similar al de reforma constitucional, cuestión que permite calificar al Estatuto como Constitución de la Región. Inclusive, gracias a los mayores poderes de autoorganización que poseen las regiones italianas, pueden determinar su propia forma de gobierno, es decir, la composición, el método y procedimiento de la elección de sus autoridades regionales, incluido su Parlamento regional.

Antes el Artículo 117º de la Constitución italiana contenía las materias sobre las que podían actuar las regiones, mientras que, a partir de las reformas constitucionales, contiene las competencias exclusivas del Estado (política exterior, defensa, jurisdicción y normas procesales, inmigración), quedando todas las demás para las Regiones. Es decir, las competencias Regionales, así como su autonomía fiscal, sin miedo, más al contrario, en la seguridad de que es lo correcto y lo avanzado, han sido acrecentadas y reforzadas.

Siguiendo con Europa, están Bélgica, Alemania y el Reino Unido que se orientan hacia fórmulas “federo-regionales” que equivale a un modelo de descentralización con plena autonomía. Bélgica, con las reformas de 1993, se ha proclamado formalmente como Estado Federal. Escocia, dentro del Reino Unido, es prácticamente un Estado dentro de otro. Gorenlandia y las Islas Feroe en Dinamarca tienen gobiernos propios. Y en Finlandia se ha reconocido a la región de los Asland como autónoma sólo por el hecho de que mayoritariamente sus pobladores hablan sueco y no finés. Todo sin separatismos ni divisiones territoriales, más al contrario, fortaleciendo la unidad de sus estados.

III

En América Latina los Estados Federales mexicanos, brasileños y argentinos han llegado en su división del territorio y del poder a crear pequeños estados soberanos con Parlamento, gobierno y Tribunales propios, a los cuales superponen una Constitución, un Parlamento, un gobierno y un Tribunal Supremo federales, demostrando una nueva forma de organizar la democracia, resguardando en la unidad, la diversidad de los grupos nacionales que la integran.

Hoy mismo, Bolivia está en una lucha frontal contra el centralismo exigiendo el reconocimiento en la Constitución de territorios y gobiernos regionales autónomos. Inclusive, contra toda norma y leyes creadas por el Parlamento boliviano prohibiendo las consultas electorales, cruceños y cochabambinos, han ido a referéndum autoconvocado para aprobar sus Estatutos de Autonomía. Esto es, que los bolivianos están en un proceso de autodeterminación de sus regiones autónomas, luchando contra corriente.


IV

Sucede en la familia, con los adolescentes maduros listos para obtener su emancipación que sin romper con la unidad familiar, ni con los padres, ni con los principios aprendidos, ni con el amor profesado, alcanzan su autonomía para hacerse a la vida, para decidir por sí mismos, para crecer, para realizarse. Lo contrario, mantener las ataduras, las decisiones autoritarias, la imposición no es civilizado, es anti natural y el germen de desacuerdos, estallidos y rompimientos irreparables. La autonomía en el ser humano al igual que la autonomía política para las regiones es parte del devenir, de la evolución. No podemos detenerla.

La Proclama

Por eso, y porque el sistema centralista ha fracasado en el Perú y en el mundo mostrando ser una forma de organización del poder del Estado incapaz de generar desarrollo más allá de las grandes urbes e ineficaz para poder llegar a todos los rincones con efectividad y eficiencia;

Porque, está demostrado que la toma de decisiones políticas cuanto más cerca del ciudadano se acerca más al pueblo asegurando mayor legitimidad para su ejecución e involucrando a sus actores;

Porque la radicalización de la democracia en la que estamos comprometidos todos los pueblos de América Latina significa mayor participación ciudadana, consagrar instituciones de democracia directa, soberanía popular, todo lo cual se consigue acelerando los procesos de descentralización;

Porque el Cusco no acepta paternalismos, ni control, ni tutela, ni vigilancia de ningún tipo venga de donde venga;

Porque, la nación quechua cuya capital es el Cusco tiene vida e identidad propias desde hace más de un milenio, habiendo sobrevivido a guerras, invasiones y gobernantes que quedarán en el anecdotario de nuestra historia;

Porque tenemos derecho a la autodeterminación y al autogobierno;

Porque no tenemos nada que perder excepto el nudo que nos ata al centralismo peruano, al pulpo limeño, al neo colonialismo democrático;

Por eso y por mucho más: porque queremos y amamos la libertad en democracia; porque sentimos la necesidad de marchar y avanzar solos;

DECLARAMOS Y PROCLAMAMOS NUESTRA AUTONOMÍA, autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú.

La Autonomía

Al efecto, asumimos la autonomía como la potestad dentro del Estado que tienen municipios y regiones para determinar su vida interior y sus intereses mediante normas y órganos de gobierno propios. Esto es, que tienen la potestad de autogobernarse, poder para dictar leyes, competencia para intervenir con políticas públicas, atribución para decidir por sus órganos de gobierno y capacidad de gasto sobre sus recursos, sin intervención ni injerencia de ningún ente o institución de gobierno regional o nacional.

Así lo consagra textualmente la propia Constitución peruana en sus Artículos 191º, 192º, 193º, 194º, 195º y 196º. Y lo reconoce, también, contextualmente (en el espíritu de la Constitución) al definir el Estado peruano como una República democrática, que implica la existencia de diferentes órganos de representación popular elegidos, y al señalar, igualmente, que el Estado peruano es uno descentralizado, es decir, donde hay reparto del poder.

La autonomía se hace indispensable en el carácter representativo de los respectivos órganos fundamentales de los gobiernos regionales y locales en cuanto los ciudadanos eligen sus representantes para que puedan realizar y ejecutar las propuestas por las que votó la mayoría. El Poder emana del pueblo. Cualquier otra forma de actuación que someta el poder otorgado en elecciones a otros entes superiores o supremos distorsionaría la voluntad popular.

Creemos, aparte, que el derecho a la autonomía no lo crea el Poder Constituyente y menos el legislador. La Constitución, como mucho, lo incorpora al ordenamiento jurídico, lo reconoce y garantiza. En consecuencia, el derecho a la autonomía es anterior a su reconocimiento constitucional porque entre los fundamentos, para el caso cusqueño, encontramos la propia identidad del grupo social por el hecho mismo de su existencia y posesión de un territorio anterior al proceso de descentralización y que va a materializarse en su propio modo de ser jurídico.

Autonomía política que radica en las potestades legislativas y normativas para gobernar, traducidas en ordenanzas regionales con rango de ley y competencias exclusivas en las materias señalas por la Constitución, sin gradualismo. Autonomía económica consistente en el derecho a recibir en transferencia del ente recaudador nacional lo que corresponda por tributos generados en el ámbito de nuestra jurisdicción así como lo que corresponda por el Fondo de Compensación Regional y capacidad de disponer de esos recursos libremente, sin intervensionismo. Autonomía administrativa declarada en la capacidad de creación de nuestros propios órganos de administración y de designación del personal capaz de dirigirlo y ejecutarlo, sin ingerencia.

Autonomía en un proceso histórico y acelerado que debe descentralizar el poder judicial, la Policía Nacional a favor de los gobiernos locales, los Registros Públicos para la Región, los puertos y aeropuertos, el deporte, las empresas estatales y la extinción del sistema de gobernación de gobernadores intrusos y espías del gobierno central.

La lucha

Decididos a hacer valer, en la legalidad y en democracia, el Derecho a la Autonomía del Cusco, suscribimos las siguientes acciones que deberán ser asumidas por todo el pueblo cusqueño hasta lograr nuestro lógico y noble propósito:

1.- La discusión y aprobación de la Constitución Regional del Cusco que, primero que nada y sobre todo, defina la Autonomía en todas sus dimensiones, tal cual la entendemos y la necesitamos los cusqueños, así como haga un listado de todas las competencias. Una especie de pacto social de refundación del Cusco como territorio autónomo.

2.- El planteamiento de demandas de inconstitucionalidad sobre leyes, decretos legislativos y decretos de emergencia contrarios al proceso autonómico. Desde luego, el planteamiento de cuanto recurso legal admisible para descartar el efecto normativo sobre Reglamentos, decretos supremos, decretos ministeriales y cuanta norma de menor rango se oponga a marcha y funcionamiento de la autonomía.

3.- La declaración de que, bajo ningún concepto, nos ponemos en actitud separatista, teniendo el Cusco en el Estado peruano su espacio político y geográfico mayor de referencia, aceptando las obligaciones que derivan del hecho de formar parte del mismo.

4.- La consagración legal y fáctica del derecho de propiedad de los recursos naturales y culturales asentados en nuestro territorio. Y lo que es una derivación de lo anterior: la atribución de entregar en concesión dichos bienes o aquellos por crearse a la inversión local, nacional o extranjera.

5.- La aprobación de la capacidad de endeudamiento nacional e internacional sin aval ni intervención del Estado peruano, así como la capacidad de emisión de deuda pública.

6.- La dación de normas rectoras del proceso autonómico así como de normas de políticas públicas en diversas materias, vía las ordenanzas regionales con rango de ley, que lleven, sino a erradicar, a disminuir la pobreza, las desigualdades, la exclusión, el analfabetismo y la dotación de servicios ineficientes, haciendo desaparecer las diferencias entre la ciudad y el campo.

7.- La toma de entes e instituciones regionales necesarios para nuestro desarrollo: Canal de Televisión del Estado, Instituto Nacional de Cultura, Empresa Nacional de la Coca, Aeropuerto Velasco Astete, Electro Sur, Egemsa, Etesur, Registros Públicos, etc.

8.- La creación de una bandera, un himno de la nación cusqueña heredera de la nación quechua y el reconocimiento del 24 de Junio como su fiesta símbolo.

9.- La aprobación de un proyecto de tradición cívica y asociativa del Cusco, que fortalezca la identidad, cohesione social y culturalmente los poblados, distritos y provincias miembros y subraye la importancia de la lengua quechua y cultura cusqueñas, respetando las diversas identidades del pueblo peruano.

10.- El levantamiento de un censo territorial de población, sociedad e infraestructura del territorio cusqueño.

Todo en la legalidad y al amparo de la Constitución Peruana, a menos que se nos cierren las puertas de la legalidad.


Cusco, 17 de Abril del 2008.